A una semana de las elecciones en México, la Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, revocó las candidaturas de Yoshio Ávila González y Carlos Granda, para la presidencia municipal de Acapulco.
En la sesión de este sábado, la Sala Regional desahogó algunos de los juicios pendientes, entre ellos el marcado con el número 1379, promovido por la c. Abelina López Rodríguez, presidenta municipal de Acapulco y candidata nuevamente a la alcaldía del puerto.
El juicio promovido, fue para contravertir la sentencia del Tribunal Electoral de Guerrero, por haber confirmado el acuerdo del IEPC por la aprobación de la candidatura de “un ciudadano postulado por Movimiento Ciudadano al señalado cargo”.
“La propuesta determina declarar fundado el agravio, por lo que el actor abduce que el tribunal local dejó de analizar las pruebas que ofreció. La persona cuestionada participó simultáneamente en los procesos internos de selección de las candidaturas de Morena y MC, aspecto que actualizó la prohibición contenidas en el artículo 215 fracción IV de la Ley número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero”.
“El ciudadano (Yoshio Ávila), participó en el proceso interno de selección de candidaturas de Morena, y previo a que este terminara, participó en el proceso interno de Movimiento Ciudadano. Esto sin que realizara actos al interior de Morena para renunciar a su participación inicial, de ahí que se actualizara la simultaneidad de participación en dos procesos internos”.
La propuesta contempló revocar la sentencia del tribunal electoral estatal de Guerrero, así como revocar la candidatura del sujeto en cuestión, en referencia al ex morenista, Yoshio Ávila González.
El segundo juicio, marcado con el número 1425, también promovido por la candidata de Morena a la presidencia de Acapulco, Abelina López Rodríguez, también fue para controvertir el acuerdo del tribunal de Guerrero, por la aprobación de la candidatura de Carlos Granda, por la alianza parcial, PRI-PAN-PRD.
En el caso de Carlos Granda, la Sala Regional del TEPJF aclaró que el empresario habría participado en los procesos internos de Morena y del PRD, para la candidatura a la presidencia municipal de Acapulco.
La sentencia, señala también la falta de acciones legales de Carlos Granda para renunciar a sus aspiraciones dentro del partido Morena, antes de concluir el proceso de selección de candidatos, violentando así un acuerdo de ley, al igual que lo hecho por Carlos Granda.
Ambos juicios fueron aprobados de manera simultánea por los magistrados de la Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.