Por unanimidad, el Senado de la República aprobó las reformas para sancionar la violencia digital y mediática, además de combatir el acoso, hostigamiento y difusión de contenido sexual en contra de mujeres en plataformas de Internet o redes sociales.
El dictamen, que modifica a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Penal Federal, se aprobó con 87 votos a favor y se devolvió a la Cámara de Diputados.
Senadoras y senadores modificaron la minuta que envío la colegisladora
sobre la llamada Ley Olimpia, a fin de incluir a la violencia mediática como
una modalidad de las agresiones por razones de género.
Entre otros cambios al proyecto de los diputados, el Senado reforma el
Código Penal Federal para tipificar el delito de violación a la intimidad
sexual e imponer una pena de tres a seis años de prisión y una multa de 500 a
mil Unidades de Medida y Actualización a quien:
Video grabe, audio, fotografíe, imprima o elabore, divulgue, comparta,
distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de
una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, aprobación o
autorización.
Además, el mínimo y el máximo de dicha sanción se incrementará hasta en
una mitad cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o
concubina, o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido
una relación sentimental, afectiva o de confianza.
El supuesto anterior también se aplicará cuando el ilícito sea cometido
por un servidor público en ejercicio de sus funciones; se cometa contra una
persona que no pueda comprender el significado del hecho o no tenga la
capacidad para resistirlo; o cuando la víctima atente contra su integridad o
contra su propia vida, como consecuencia de las agresiones.
La presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, Martha Lucía
Micher Camarena, señaló que ésta era una deuda con las mujeres, niñas y
adolescentes que han sido víctimas de estas modalidades de violencia, cuyos
casos no han prosperado por la falta de una adecuada tipificación del delito.
Blanca Estela Piña Gudiño, legisladora de Morena, afirmó que la
aprobación de esta Ley es el resultado de la lucha histórica de las mujeres
mexicanas para tener una vida libre de agresiones. Además, reconoció la labor
de las organizaciones civiles, quienes trazaron la ruta para que la violencia
digital y mediática sea considerada un delito.
La senadora Kenia López Rabadán, integrante de la bancada del PAN, dijo
que, en este país, las mujeres han atravesado por violencia física,
psicológica, económica, sexual y ahora digital. Esta propuesta, detalló, pondrá
un alto a quienes difunden imágenes con contenido sexual sin consentimiento y a
los medios de comunicación para evitar que sigan violentando la intimidad y la
integridad de las mujeres.
Por el PRI, la senadora Nuvia Mayorga Delgado dijo que las formas de
violencia relacionadas con la tecnología y los espacios en línea forman parte
de las agresiones permanentes en contra de las mujeres.
De Movimiento Ciudadano, la senadora Indira Kempis Martínez indicó que
Internet debe ser un espacio seguro, por lo que la aprobación de esta propuesta
marcará un hito para que ninguna fémina vuelva a pasar por las agresiones que
se viven actualmente en el entorno digital, las cuales atentan contra su
dignidad e integridad. “El futuro de México será libre de violencia para las
mujeres o no será”, sentenció.
La senadora Nancy de la Sierra Arámburo, del Grupo Parlamentario del PT,
expresó: “el machismo también ha invadido Internet y las tecnologías de la
información, donde un sinfín de agresores han compartido y propagado contenido
íntimo sexual de miles de mujeres”.
A nombre del PVEM, la senadora Verónica Camino Farjat advirtió que las
senadoras que representan a la oposición en sus estados, también son víctimas
de violencia digital y mediática, porque también reciben amenazas o burlas por
sus expresiones. “Esto debe parar porque también afecta la vida democrática de
México”, acusó.
Renata Romo Medina, senadora de Encuentro Social, advirtió que este tipo
de violencia tiene fuertes impactos, tanto físicos como emocionales, ya que
provocan depresión, ansiedad y miedo y en algunos casos hasta conductas
suicidas impactos que en muchas ocasiones son minimizados por las autoridades o
por el círculo cercano.
Miguel Ángel Mancera Espinosa, del Grupo Parlamentario del PRD, hizo un
llamado para expedir la Ley de Ciberseguridad como un complemento para
“blindar” a nuestro país de la violencia digital.
La minuta que remitió la colegisladora sólo incluía el tipo de violencia
digital en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia.
Los senadores precisaron que esta modalidad es toda acción dolosa
realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación,
por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmite, comercialice,
oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de
contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, aprobación o
autorización.
Hechos que le cause a dicha persona daño psicológico, emocional, en
cualquier ámbito de su vida privada o en su imagen propia. Así como aquellos
actos dolosos que causen daño a la intimidad, privacidad y/o dignidad de las
mujeres, que se cometan por medio de las tecnologías de la información y la
comunicación.
Además, incorporaron la violencia mediática como todo acto a través de
cualquier medio de comunicación, que promueva estereotipos sexistas, haga
apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la
producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o
desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas de
tipo psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida.
Para garantizar la integridad de la víctima, el Senado estableció que la
o el Ministerio Público, la Jueza o Juez, ordenarán de manera inmediata, como
medidas de protección, a las empresas de plataformas digitales, medios de
comunicación, redes sociales o páginas electrónicas, personas físicas o
morales, la interrupción, bloqueo, destrucción, o eliminación de imágenes,
audios, o videos relacionados con la investigación.
Las plataformas digitales, medios de comunicación, redes sociales o
páginas electrónicas darán aviso de forma inmediata al usuario que compartió el
contenido, donde se establezca de forma clara y precisa que el contenido será
inhabilitado por cumplimiento de una orden judicial.
La asamblea rechazo la propuesta de la senadora Xóchitl Gálvez Ruíz, del
PAN, para adicionar una fracción VI al artículo 6 de la Ley General de Acceso
de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a fin de incorporar a ambos
géneros a la reforma.