Los antros o discotecas que operan en espacios cerrados deberán permanecer cerrados por considerarse una actividad con alto riesgo de contagio por Covid-19.
El gobierno del Estado publicó este lunes en el Periódico Oficial los acuerdos con los que de establece los porcentajes de ocupación y horarios de funcionamiento de las actividades económicas esenciales y no esenciales, debido al Semáforo Naranja.
Según el documento que deben observar los ayuntamientos, la vida nocturna deberá mantener sus restricciones no solamente en sus aforos sino también en sus horarios.
En el caso de los antros o discotecas, la restricción es total pues deberán continuar con la suspensión de sus actividades si el establecimiento es cerrado.
En el caso de los bares, centros nocturnos, cantinas y cervecerías deberán tener un aforo del 50 por ciento y el horario de la venta de bebidas alcohólicas será hasta las 8 de la noche.
El acuerdo señala que la prestación de estos servicios a puerta cerrada o con la cortina abajo recibirá una sanción de la clausura inmediata del lugar.
Estas y otras medidas tendrán estarán vigentes del 6 al 14 de septiembre.