Guerrero. – La presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género del Congreso local, Erika Valencia Cardona, pidió al diputado Marco Antonio Cabada Arias, retirar su iniciativa de reforma al Código Civil del estado, con la que se busca que la acreedora o acreedor de pensión alimenticia compruebe que emplea adecuadamente los recursos por concepto de manutención.
Entrevistada en el Congreso local, la diputada considera que dicha iniciativa trasgrede la lucha de las mujeres, a quienes casi siempre, dijo, le asignan le asignan la custodia de los hijos.
“Hago un llamado al diputado Marco Antonio Cabada a que retire esa iniciativa, porque trasgrede la lucha de las mujeres. Sabemos que casi siempre la custodia se la dan a la mujer, la patria potestad de los hijos casi siempre la tiene las mujeres, en muy raros casos la tiene el hombre, entonces esa iniciativa trasgrede los derechos de las mujeres y sobre todo de los hijos”.
Erika Valencia Cardona
La diputada dijo que en muchos de los casos el monto por la pensión alimenticia es inferior a la necesidad de los hijos y no siempre se puede comprobar en que se gastan.
“No siempre se puede comprobar, porque no siempre compran los alimentos en centros comerciales, muchas veces compran en los mercados regionales y ahí no dan comprobantes, para comprar los zapatos buscan lo más barato o económico para que alcance el dinero para los hijos”.
Erika Valencia Cardona
En enero, el diputado de Morena, Marco Antonio Cabada Arias presentó una iniciativa en materia familiar para que la acreedora o acreedor de pensión alimenticia compruebe o acredite que emplea adecuadamente los recursos por concepto de manutención, en atención al interés superior del menor.
Durante la exposición de la iniciativa, Cabada Arias dijo que en México la mayoría de los casos, son los padres los que dan alimentos a los hijos que están bajo el cuidado de las madres, pues es frecuente que ante un divorcio o una separación, la mujer se queda con los hijos, lo que probablemente derivará en una demanda de pensión alimenticia.
Expuso que una de las mayores preocupaciones de los padres obligados al pago de una pensión alimenticia, es el destino final del monto que la madre recibe y que administra no se destina totalmente a los gastos de sus hijos, ya que existen casos en que la madre “distrae este dinero para solventar sus propios gastos o para mantener un estilo de vida, situación que es más conflictiva cuando la mujer es ama de casa”.
El artículo 400 del Código Civil establece que: “El obligado a dar alimentos cumple la obligación asignando una pensión suficiente al acreedor alimentario o incorporándolo a su familia. Si el acreedor se opusiere a ser incorporado, competerá al juez, según las circunstancias, fijar la manera de ministrar los alimentos”.
El diputado Cabada Arias propone adicionar el párrafo:
“Cuando el obligado a dar alimentos tenga el temor fundado que el uso de la pensión otorgada no está siendo destinada a los fines para los que cuales se otorga, podrá solicitar que se acredite en que se emplea lo que percibe”.