Guerrero. -Con reformas a la Ley del Sistema de Seguridad Pública de Guerrero, se pretende que todo aquel policía que sea separado de su cargo, sólo podrá tener derecho a una indemnización de 3 meses de salario, así como 20 días por año laborado y lo proporcionable al último año en servicio.
La propuesta fue presentada por el diputado local por Morena, Jesús Villanueva Vega quien recordó que en 2008, con el objeto de depurar a las corporaciones policiales de personas que no cumplan con los requisitos de Ley y de aquellos elementos en lo que existía presunción de estar coludidos en actos ilícitos, se reformó la Ley para que agentes del Ministerio Público, peritos y miembros de las instituciones policiales de la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, sean separados de sus cargos si no cumplen con los requisitos que las leyes vigentes en el momento del acto señalen para permanecer en dichas instituciones, o removidos por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones.
Aun cuando el Estado estará obligado a pagar indemnización y demás prestaciones a que tengan derecho, en ningún caso procederá la reincorporación al servicio.
En dicho contexto, explicó el morenista, la Federación, Estados y Municipios se han enfrascado en un cumulo de demandas por parte de los elementos policiales que han sido dados de baja, alegando procedimientos insuficientes y ausentes de garantías de audiencia y legalidad, lo que ha originado que los tribunales dicten resoluciones condenando a las entidades policiales a pagar prestaciones laborales que terminan siendo una merma a los recursos públicos.
Por ello, consideró urgente legislar para la debida regulación en dichos procesos de separación, baja y cese de los elementos policiales y mejorarlos a través de un marco jurídico ya establecido que ayude tanto a las entidades encargadas de la seguridad pública, así como proteger los derechos de los trabajadores, toda vez que la Ley de Seguridad Pública no tiene parámetros para determinar la indemnización a favor de los elementos que sean separados.
Las reformas a la Ley que se propone en dicha iniciativa señala además de que en ningún caso procederá la reinstalación o restitución, cualquiera que sea el resultado del juicio o medio de defensa que se hubiere promovido en contra de violaciones procesales, formales o de fondo en el procedimiento administrativo de separación, que el Estado o los municipios sólo estarán obligados a pagar la indemnización que constará de 3 meses de salario, 20 días por año laborado, y lo que resulte de los proporcionales del último año en que prestó sus servicios por concepto de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y demás prestaciones que el personal acredite que se pactaron expresamente.
Se indica que en el caso de salarios caídos sólo se cubrirán hasta por un periodo máximo de doce meses.
A su vez se realizará la anotación en el expediente personal del servidor público, así como en el Registro Nacional de Seguridad Pública, de las circunstancias en que éste fue separado o destituido.
De igual forma se precisa que el personal integrante del cuerpo de la Policía Estatal podrá ser removido del cargo por causas no imputables a la institución policial así como por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones.