Los diputados del Congreso del Estado de Guerrero, rechazaron las solicitudes de ayuntamientos de esta entidad para la autorización de partidas especiales de recursos, adelanto de participaciones federales y autorización de empréstitos, que se destinarían al pago de laudos laborales.
Al fundamentar el dictamen de las Comisiones Unidas de Hacienda y Presupuesto y Cuenta Pública de la LXII Legislatura local, el diputado Alfredo Sánchez Esquivel señaló que estas solicitudes de los ayuntamientos de Tecpan de Galeana, Xalpatláhuac, Teloloapan, Tecoanapa, Pungarabato, Cocula, Alcozauca, Atlixtac y Coyuca de Benítez, son improcedentes porque el Congreso del Estado no tiene facultades para autorizarlas, siendo estrictamente competencia de los municipios formular, discutir y aprobar su Presupuesto de Egresos.
Agregó que en todas las Leyes de Ingresos municipales que se aprobaron, se especifica claramente que los ayuntamientos realizarán cada año las previsiones necesarias en su Presupuesto de Egresos para cubrir las erogaciones por sentencias derivadas de laudos laborales.
El también presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública dijo que sólo en el caso del Ayuntamiento de Pungarabato, que solicitó el adelanto de participaciones federales e incremento al techo financiero, se acordó remitirlo a la Secretaría de Administración y Finanzas, por ser la instancia a la que corresponde determinar.
Posteriormente, los diputados aprobaron exhortar a los 80 ayuntamientos de Guerrero y al Consejo Municipal de Ayutla de los Libres para que observen el criterio establecido en el Acuerdo Parlamentario del pasado 30 de agosto, que determina improcedentes la solicitudes de autorización de partidas especiales de recursos, de ampliaciones presupuestales, de adelanto de participaciones federales y de autorización del empréstitos para el pago de laudos laborales y sentencias emitidas por autoridades competentes.
La diputada Dimna Salgado Apátiga fundamentó a nombre de las Comisiones Unidas de Hacienda, y de Presupuesto y Cuenta Pública.