La Suprema Corte de justicia de la Nación (SCJN) determinó que las escuelas particulares no pueden retener los documentos de sus alumnos por falta de pago en colegiaturas.
Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte concedió un amparo a la madre de un menor de edad a quien le fueron retenidos sus papeles por un colegio por falta de pago.
Y es que, de acuerdo a El Universal, la institución dio de baja al menor por incumplimiento de sus colegiaturas. Cuando su mamá acudió a recoger las calificaciones y exámenes, la escuela se los negó.
Ante ello, La Corte consideró que este tipo de acciones, impide al alumno inscribirse en otra escuela y le obstaculiza su derecho a la educación.
Por lo tanto, determinó La Corte, la escuela debe poner a disposición de manera inmediata las evaluaciones y exámenes de los alumnos y abstenerse de retener los papeles cuando sea expulsado o dado de baja.
Con esta resolución, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estableció un precedente para que los afectados tramiten un amparo contra esos actos.