Guerrero. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó y ordenó reponer el procedimiento a una mujer que fue víctima de violencia familiar por parte de su esposo durante cuatro años y fue condenada a 27 años y seis meses de prisión por privar de la vida a su agresor.
La mujer interpuso un amparo en el que argumentó que que durante su proceso los jueces decidieron sin perspectiva de género al no considerar la violencia que sufría junto con sus seis hijos.
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La Corte la amparó y ordenó reponer el procedimiento para que el juez aplique el método para juzgar con perspectiva de género, “lo que implica visibilizar las situaciones de desventaja que la mujer vivió y en su caso ordenar la realización de pruebas para la detección de la violencia que sufrió y cómo fue afectada”. Además se buscará una resolución justa y la precisión de la pena.
La SCJN señala que la mujer que cometa un delito derivado de la violencia doméstica que sufría, debe ser juzgada con perspectiva de género.
“En estos casos se debe tomar en cuenta la situación específica de la violencia que vivía al momento de los hechos”, precisa la Corte.
De acuerdo con la Corte el método para juzgar con perspectiva de género permite: identificar la situación de desventaja, de la persona, conocer el contexto de violencia en el que vivía, garantizar el acceso a la justicia efectiva e igualitaria.
“En este caso una mujer acusada de homicidio reclamó que no se tomó en cuenta la violencia física, emocional y sexual que vivía con su marido. La Corte la amparó y ordenó utilizar el método de juzgar con perspectiva de género”, indica la SCJN sin precisa cuántos años lleva recluida en la cárcel y en qué en entidad se registró el caso.